El Gobierno oficializó los cambios al Monotributo: cómo quedaron las escalas
Viernes 18 de Octubre de 2024
Nº de Edición 1022

MONOTRIBUTO: MODIFICACIONES TRAS LA APROBACIÓN DE LA LEY BASES

El Gobierno oficializó los cambios al Monotributo: cómo quedaron las escalas

24/07/2024 | Tras la aprobación del paquete fiscal y le Ley Bases, el Gobierno publicó la reglamentación de las modificaciones del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Por: Redacción

El Gobierno oficializó este miércoles los cambios en el monotributo aprobados con la Ley Bases y el paquete de medidas fiscales. Las modificaciones, que actualizan los topes de facturación y cuotas, comenzarán a regir a partir del 1 de agosto.

La medida fue oficializada a través del decreto 661/2024 publicado en la última edición del Boletín Oficial. 

Allí se detalla que a partir del 2025, la Afip actualizará los parámetros de facturación en enero y julio de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC y establece que “los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive”.

Con la reglamentación de los cambios quedan vigentes los aumentos en los montos de facturación, que según la categoría suben del 201% al 301%. También aumentan los montos del precio unitario de venta, que para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías; y en los alquileres devengados anuales, que aumentan del 211% al 309%.

Asimismo, se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social:

cuota impositiva: la suba va entre el 278% y 510%

cuota de seguridad social: aumenta entre el 212% y 343%

cuota de obra social: sube entre 212% y 214%.

Cómo quedan las nuevas escalas del monotributo

Estas son las escalas de facturación anual máxima por categoría que regirán a partir del 1 de agosto:

Categoría A: pasará de $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%)

Categoría B: pasará de $3.133.941,63 a $9.450.000 (aumento del 202%)

Categoría C: pasará $4.387.518,23 a $13.250.000 (aumento del 208%)

Categoría D: pasará de $5.449.094,55 a $16.450.000 (aumento del 202%)

Categoría E: pasará de $6.416.528,72 a $19.350.000 (aumento del 202%)

Categoría F: pasará de $8.020.660,9 a $24.250.000 (aumento del 203%)

Categoría G: pasará de $9.624.793,05 a $29.000.000 (aumento del 202%)

Categoría H: pasará de $11.916.410,45 a $44.000.000 (aumento del 270%)

Categoría I: pasará de $13.337.213,22 a $49.250.000 (aumento del 269%)

Categoría J: pasará de $15.285.088,04 a $56.400.000 (aumento del 269%)

Categoría K: pasará de $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%)

Monotributo: cuotas mensuales por categoría

Categoría A: de $12.128,39 a $26.600.

Categoría B: de $13.561,75 a $30.280.

Categoría C: de $15.503,51 a $35.458 para servicios y de $15.241,42 a $34.658 para la venta de productos.

Categoría D: para servicios de $19.497,94 a $45.443,80, y de $19.066,46 a $44.343,80 los que venden productos.

Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18 (servicios) y de $24.526,43 a $58.148,18 venta de cosas muebles;

Categoría F: de $33.137,61 a $80.983 para los servicios, y para los que venden productos, de $29.223,11 a $69.783.

Categoría G: de $38.694,95 a $123.696,20 para servicios y de $33.439,61 a $85.296,20 para los productos.

Categoría H: para servicios de $66.111,51 a $280.734,68. Mientras, los que venden bienes, de $56.402,68 a $170.734,68.

Categoría I: la cuota mensual pasaría de $81.121,96 a $255.108,55 para quienes realizan ventas. Los que facturen por servicios y entren a la categoría, en tanto, abonarían $517.608,55.

Categoría J: de $93.619,47 pasaría a $311.931,97 para ventas y llegaría a $626.931,97 en el caso de los servicios.

Categoría K: la cuota mensual se irá de $106.964,65 a $377.084,75. En servicios, ascendería a $867.084,75.