El gobierno nacional ahora promueve el aprovechamiento del guanaco, habilitando su manejo como especie ganadera y también la exportación de su carne y de su fibra
Viernes 04 de Octubre de 2024
Nº de Edición 1008

DISPOSICIÓN DEL GUANACO

El gobierno nacional ahora promueve el aprovechamiento del guanaco, habilitando su manejo como especie ganadera y también la exportación de su carne y de su fibra

30/09/2024 | El gobierno nacional, a través de la Disposición 812/2024 de la Subsecretaría de Ambiente, habilitó a las provincias patagónicas para que establezcan planes de manejo y aprovechamiento del guanaco, incluyendo su manejo como actividad ganadera en cautiverio y la exportación de su fibra y su carne.

Por: Redacción

El guanaco era hasta hace poco una especie protegida, pero ahora es considerada una plaga para los sectores productivos de la región. Por eso la resolución nacional habilita a que las Provincias presenten planes de aprovechamiento racional de ese recursos.

Bichos de Campo ha informado muchísimo sobre las quejas de los productores y funcionarios de Santa Cruz y Chubut por la proliferación de guanacos en esa región más austral. Los animales silvestres compiten con la ganadería ovina por la disponibilidad de pasto y agua, pero su sobrepoblación se ha transformado en un dolo de cabeza para muchos productores. Para eso las provincias han desplegado algunas iniciativas de control a partir del aprovechamiento racional de ese recurso. Pero la imposibilidad de exportar los productos de la esquila o la faena de guanacos ha actuado siempre como techo de estos intentos.

Ahora, dentro del gobierno de Javier Milei, se ha vuelto a modificar el enfoque nacional, alterando la última resolución vigente en la materia, que había sido dictada en julio de 2019, cuando Juan Cabandié era el secretario de Ambiente. Es que ese último “Plan Nacional para el Manejo Sostenible del Guanaco” tenía, según las nuevas autoridades, “deficiencias importantes en información de base como en objetivos y contenido”.

¿Y qué hizo ahora el gobierno? En la disposición aprobó un documento con “Directrices para el uso sostenible del guanaco”, habilitando a las provincias a presentar planes de manejo tomando como base esas directrices, para diferentes modalidades de aprovechamiento de los recursos:

Manejo de guanacos en silvestría mediante el método de arreo, encierre, esquila y liberación de los ejemplares intervenidos.

Manejo en silvestría mediante el método de arreo, encierre y faena de ejemplares (con o sin esquila).

Captura de ejemplares de ejemplares con otros fines (establecimiento de planteles de cria, exportación de animales vivos, caza comercial)

Cría en cautiverio.

“Los organismos nacionales y provinciales con incumbencia en el manejo de la especie podrán fomentar y promover el manejo en silvestría de la misma y prácticas ganaderas sustentables que tiendan a la mitigación de conflictos con otros herbívoros y carnívoros, debiendo incluir los planes de manejo provinciales medidas que las favorezcan”, dispone la nueva normativa en oro de sus artículos.

A partir de eso, habilita no solo el tránsito federal (entre provincias) de los guanacos vivos utilizados en esta nueva actividad ganadera sino también su exportación y la de sus productos derivados.

En el  documento de directrices, en el caso del manejo de animales silvestres, “la captura y esquila podrá ser autorizada en dos períodos diferentes: El comprendido entre el 30 de agosto y el 15 de noviembre (período preparto), y el comprendido entre el 15 de enero hasta el 30 de marzo (período post-parto) periodo en el que se extremarán los recaudos con el objeto de reducir el riesgo de abortos o arreos crías menores de un mes”.

Por otro lado, aclara la norma que “no se deberá autorizar un manejo poblacional de guanacos por medio de cosecha, en sitios donde las poblaciones son relativamente pequeñas en una escala de paisaje, o se encuentran fragmentadas y aisladas”.

En el caso de la caza, el documento define restricciones como “no se deberán cosechar crías y juveniles de hasta un año de edad; ni hembras con evidencia de preñez y/o poseer crías lactantes; ni una proporción de hembras mayor a la observada en la población”. Y lo mismo se establece para el aprovechamiento del guanaco en la faena en frigoríficos: “No se recomienda sacrificar las hembras encerradas a partir del 15 de septiembre”, define el nuevo manual.

Este es el documento:

 

La nueva normativa nacional pone dos condiciones a las provincias que quieran avanzar en la aprovechamiento del guanaco: Por un lado les exige la presentación de planes y por el otro dice que las provincias interesadas en una explotación racional de la especie hagan “una estimación poblacional previa dentro de cada predio o conjunto de predios habilitados” y en todo caso, si la superficie habilitada supera el 20% de la provincias, que lleven a cabo un censo provincial sobre las dotaciones de guanacos presentes.

“Queda prohibida la exportación, tránsito interprovincial y comercialización en jurisdicción federal de ejemplares vivos, productos y subproductos del guanaco que no cumpla con los planes de manejo provinciales”, enfatizó la disposición de Ambiente de la Nación, que ahora se compromete a “coordinar periódicamente con los organismos nacionales y provinciales con incumbencia en el manejo de la especie las medidas que tiendan al mejor cumplimiento de los objetivos de la presente resolución”.

La Nación, además, deja la puerta abierta a actuar en el sentido inverso “en el caso de comprobarse variaciones relevantes poblacionales que puedan poner en grave retroceso numérico o peligro de extinción a la especie”. Los productores ovinos argumentan que la especie comenzó a sobrepoblar los campos de la Patagonia luego de ser incluida en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), que limita la explotación racional de esas especies a “que una Autoridad Científica del Estado haya manifestado que esa exportación no perjudicará la supervivencia de dicha especie”.

No obstante, en la misma norma se recuerda que la especie Lama guanicoe ha sido categorizada en los años 2004 y 2021 como “No Amenazada” por normas nacionales, “por lo que no se cumple la condición que posibilita establecer restricciones federales de cumplimiento obligatorio”.

Esta posición a favor de desmantelar las reglas demasiado estrictas para el manejo racional del guanaco comenzó a expresarse cuando -con fecha 4 de junio de 2024-, el Consejo Agrario Provincial y el Ministerio de la Producción de Santa Cruz solicitaron modificaciones a las reglas vigentes a las normas nacionales, argumentando que el aprovechamiento de la especie ha sido extremadamente inferior al potencial”.

El Plan Nacional de Manejo que regía hasta ahora, según esta posición, “posee contenido sobreabundante y requisitos innecesarios redactados en forma imperativa, dejando un alcance muy discrecional para su aplicación y generando interrogantes en las autorizaciones de tránsito y comercio interjurisdiccional e internacional, lo que ha aparejado considerables demoras en las escasas operaciones de comercio internacional”.

Fuente_Bichos de campo