Cómo es el plan de retiros voluntarios en el Estado que preparan Sturzenegger y Milei
Sábado 10 de Octubre de 2026
Nº de Edición 1744

A QUÉ TRABAJADORES ALCANZA

Cómo es el plan de retiros voluntarios en el Estado que preparan Sturzenegger y Milei

10/10/2026 | Un proyecto de decreto diseñado por la Secretaría de Transformación del Estado, bajo la cartera que conduce Federico Sturzenegger, fija las pautas para un esquema de desvinculaciones en la Administración Pública Nacional (APN). El plan del Gobierno de Javier Milei obliga a renunciar a los delegados gremiales a la tutela sindical, impone un veto de casi una década para volver a trabajar en el Estado y exige la eliminación definitiva de las vacantes presupuestarias.

Por: Redacción

El Poder Ejecutivo Nacional ultima los detalles de un proyecto destinado a profundizar el ajuste de personal en el sector público. A través de un expediente firmado por el secretario de Transformación del Estado y Función Pública, Maximiliano Fariña, bajo la órbita del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado que encabeza Federico Sturzenegger, el Gobierno de Javier Milei redactó el decreto que regulará el nuevo Régimen de Retiros Voluntarios para la Administración Pública Nacional.

La iniciativa alcanza de manera exclusiva al personal contratado bajo el régimen de planta permanente (Ley 25.164) y a los trabajadores con contratos por tiempo indeterminado comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo (art. 90 LCT). A diferencia de otros esquemas de reestructuración, la norma impone una condición: cada jurisdicción ministerial o secretaría que tramite la desvinculación de un agente deberá eliminar de manera inmediata el cargo presupuestario correspondiente desde la fecha del cese, prohibiendo expresamente la cobertura de esas vacantes por un período mínimo de dos años.

Exclusiones y renuncia obligatoria a fueros gremiales

El texto elaborado por la Secretaría de Transformación del Estado fija un estricto filtro de admisibilidad que margina de la convocatoria a diversos estamentos, como las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Seguridad, el Servicio Exterior, los servicios de inteligencia y los cargos docentes. Tampoco podrán adherir quienes registren sumarios administrativos disciplinarios, procesos judiciales pendientes por delitos contra la administración, causas laborales contra el Estado o quienes ya se encuentren en condiciones formales de acceder a la jubilación ordinaria.

Sin embargo, uno de los puntos que promete encender el conflicto con los sindicatos estatales (ATE y UPCN) es la exigencia dirigida a las representaciones gremiales de base. La reglamentación establece de manera taxativa que aquellos trabajadores que posean mandato sindical vigente en los términos de la Ley 23.551 deberán renunciar formalmente a su condición de delegados ante la entidad gremial y acreditar dicha dimisión al momento de presentar la solicitud de retiro, requisito que también se extiende a quienes revistan el carácter de candidatos postulados.

Los tres grupos que podrán acceder a los retiros volutarios de Milei y Sturzenegger

El Anexo del decreto clasifica a los postulantes en tres segmentos etarios y de antigüedad, fijando modalidades de pago único o cuotas mensuales para la gratificación extraordinaria de egreso:

Grupo 1 (Próximos a jubilarse): Comprende a mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no reúnan los aportes necesarios. Ofrece dos alternativas: el cobro de una mencionada gratificación mensual del 60% del sueldo bruto habitual pagadera hasta cumplir la edad jubilatoria (con un tope de 36 meses y la cobertura de aportes a la obra social e IPS por parte del Estado), o un pago único de un sueldo por año de antigüedad con un tope máximo de 18 remuneraciones.

Grupo 2 (Edad de retiro con 30 años de aportes): Dirigido a mujeres de 58 a 64 años y hombres de 63 a 64 que cumplan los años de servicio exigidos por ley. Se abonará un sueldo por año de antigüedad (hasta un tope de 18 sueldos), al que se sumará un adicional de 5 sueldos que se liquidará junto con la primera cuota.

Grupo 3 (Trabajadores de menor edad): Abarca a mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años. Se calculará a razón de un sueldo por año trabajado (con un techo de 20 sueldos), adicionando una suma fija compensatoria de 4 sueldos para quienes tengan menos de 15 años de servicio en la planta permanente o 5 sueldos para quienes superen ese tiempo de permanencia.

Las liquidaciones extraordinarias que se efectúen en un solo pago se desembolsarán en hasta tres cuotas mensuales consecutivas, fijándose un límite de hasta $20.000.000 para los dos primeros desembolsos y la cancelación del saldo remanente en la tercera cuota.

Inhabilitación por 8 años y discrecionalidad para denegar solicitudes

El proyecto de decreto de Milei y Sturzenegger dispone un cepo estricto para el reingreso al ámbito público. Aquellos empleados que acepten la compensación económica y concreten su cese no podrán volver a prestar servicios en el Sector Público Nacional durante un plazo de 8 años. 

Esta inhabilitación rige bajo cualquier modalidad de contratación (se incluyen puestos de planta, contratos de locación de obra o servicios, cargos de autoridades superiores, asesorías de gabinete o programas con financiamiento internacional), contemplando únicamente la excepción para la docencia en universidades nacionales. En caso de incumplir esta restricción, el exempleado deberá reembolsar la totalidad de los fondos percibidos con actualización por IPC más un 3% de interés anual.

Finalmente, la normativa otorga un amplio margen de discrecionalidad a los titulares de las jurisdicciones para avalar o rechazar los pedidos de desvinculación. La aprobación de cada trámite requerirá la firma de los Ministros, Secretarios de la Presidencia o el Jefe de la Casa Militar, quienes podrán denegar las solicitudes amparándose en «razones de servicio», alcanzando la sola invocación de ese fundamento para desestimar el trámite de forma irrevocable.

Fuente_mundogremial